Fundación Biblioteca Aurelio Espinosa Pólit

Es la personería jurídica de la Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit en el ámbito civil

Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit

La Fundación Biblioteca Aurelio Espinosa Pólit es la personería jurídica de la BEAEP en el ámbito civil.  Sus estatutos buscan el cumplimiento de los objetivos institucionales y rigen la relación con sus colaboradores.

Estatutos de la Fundación “Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit``

CAPITULO I: DENOMINACION, OBJETO Y SEDE:

Art. 1: En la ciudad de Quito, al amparo de lo establecido para el efecto en el título XXIX del Código Civil, se constituye la FUNDACION BIBLIOTECA ECUATORIANA AURELIO ESPINOSA POLIT, asociación sin fines de lucro, cuyo objetivo es apoyar en todas las formas posibles, especialmente en las señaladas en el art. 2 de estos estatutos, a la Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit, de propiedad de la Compañía de Jesús, en el logro de sus objetivos institucionales que son:

a) La preservación y difusión de los valores y expresiones de la cultura ecuatoriana mediante:

  1. la recopilación y ordenamiento bibliográfico de publicaciones ecuatorianas y acerca del Ecuador, de modo de dar así cumplimiento al encargo que le hiciera el Congreso Nacional que, el día 10 de enero de 1995, expidió la LEY DE LA BIBLIOTECA ECUATORIANA AURELIO ESPINOSA POLIT que, en sus artículos 1 y 2, la declara INSTITUCION DE INTERES NACIONAL y la constituye en DEPOSITO LEGAL DEL LIBRO Y PUBLICACIONES ECUATORIANAS. (Ver el anexo a estos Estatutos con el texto completo de esta ley publicada en el suplemento No. 618 del Registro Oficial del 24 de enero de 1995).
  2. la protección, incremento y organización de sus archivos de originales y documentos inéditos ecuatorianos.
  3. la custodia, restauración y exposición de su museo de historia y cultura nacional.

b) La promoción y organización de servicios y actividades que faciliten a estudiosos nacionales y extranjeros el conocimiento y uso de su riqueza bibliográfica, de sus archivos y museo.

Art. 2: Para el cumplimiento de su objetivo, la FUNDACION BIBLIOTECA ECUATORIANA AURELIO ESPINOSA POLIT se compromete a:

a) Procurar los medios necesarios para que la Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit pueda:

  1. preservar su riqueza bibliográfica y documental,
  2. rescatar el patrimonio cultural e histórico olvidado o perdido,
  3. propiciar la investigación y estudio de la cultura nacional.

b) Contribuir a la obtención, desarrollo, seguridad y mantenimiento de los bienes del patrimonio cultural y físico de la Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit.

c) Facilitar la planificación e implementación de un sistema de servicios eficiente que permita el desarrollo de trabajos de consulta, investigación y estudio, así como de otras actividades culturales y científicas análogas.

d) Auspiciar las relaciones y el intercambio con instituciones, sociedades, fundaciones y asociaciones nacionales y extranjeras afines a los objetivos de la Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit.

e) Celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes para el cumplimiento del objetivo de la Fundación.

Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit

1994

Ley de la Biblioteca Ecuatoriana ``Aurelio Espinosa Pólit``

El H. Congreso Nacional reconociendo los singulares servicios prestados a la cultura del país, en órden a configurar y preservar el pensamiento, memoria, identidad e idiosincrasia de la nacionalidad ecuatoriana, al cumplirse el centenario del ilustre humanista ecuatoriano, P. Aurelio Espinosa Pólit, S.J., Julio 1994, dictó la ley, denominada de la Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit, en la cual, a más de declararla nuevamente «de interés nacional» (art. 1) se la constituyó en biblioteca-archivo, del depósito legal del libro y publicaciones ecuatorianas, (art. 2) y se le encargó proseguir la publicación del «Diccionario Bibliográfico Ecuatoriano» como órgano destinado a mantener al día la información bibliográfica nacional… (art. 3); para el mantenimiento de la institución y el cumplimiento de las funciones encomendadas se determinó que: «a partir de 1995, la partida asignada en el presupuesto general del estado, en beneficio de la Biblioteca Ecuatoriana Aurelio Espinosa Pólit no sería inferior al equivalente a mil quinientos salarios mínimos vitales»… (art. 4).